hasta ahora era algo así como una merienda de dinosaurios, el banco te subastaba la casa por embargo hipotecario al no pagar la hipoteca ( cuotas ) y se la quedaba por lo que le daba literalmente la gana, y el resto l o seguías debiendo, pese a que el valor de tasación era el del año de constitución de la hipoteca o se a que si habían pasado 10 años de la compra y formalización del crédito, con una plusvalía muy importante que en algunas ciudades era de mas del doble del valor, esto también se lo merendaban, pese a lo anecdótico que hacienda si hacías una compra venta si se tenia en cuenta a la hora de pagar impuestos el nuevo valor , pero caso de enajenarte la NO .
Ahora con la nueva formula el banco deberá pagar un mínimo ( cosa que aran todos ) del 60 % del valor ) no es la panacea pero algo es algo dentro de la injusticia financiera y bancaria que nos rigen estos gobiernos del país .
Hipotecas sin pagar por culpa de los intereses abusivos, o quedarse en el paro son muchos que sufren esta problematica, pero puede haber soluciones
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para refinanciarse con hipoteca con solo su escritura
sin mas papeleos ni tramites, ni análisis, ni verificaciones, tampoco asnef o rai, simplemente y llanamente su escritura de propiedad , DNI o ( pasaporte ) o documento que lo identifique personalmente , nota simple del registro de la propiedad donde figure el titular ( puede hacerse a nombre de un solicitante con la garantía de propiedad de otro ) ambos deberán firmar, solicitador y avalista con la garantía inmobiliaria .
Fácil, rápido ( en 48 horas puede firmarse ) solo en Madrid y Barcelona para los demás si desean firmarla en su domicilio habitual suele tardar por cuestiones de notaría unos 7 días aprox.
Se solicita sin ningún tipo de cargo, ni comisión ni gastos anticipados de nada, mediante un simple formulario, si es aceptado pasamos a tramite .
El interés mínimo aplicable es del 12 % anual, no hay cuotas mensuales son una sola cuota anual y su duración máxima puede ser de 10 años, entendemos que es una hipoteca puente para salir de situaciones embarazosas, casos con dificultad añadida, o necesidades perentorias de liquidez cuando el banco nos niega o nos ha dicho simplemente NO, a posterior lo ideal una vez resuelta la incidencia que provoca el pedir este tipo de hipoteca mas cara pero efectiva es pasarse a una mas normalizada en plazo de tiempo e interés mas asequible .
ver mas info o pedirla clikee al titulo de este post
Fácil, rápido ( en 48 horas puede firmarse ) solo en Madrid y Barcelona para los demás si desean firmarla en su domicilio habitual suele tardar por cuestiones de notaría unos 7 días aprox.
Se solicita sin ningún tipo de cargo, ni comisión ni gastos anticipados de nada, mediante un simple formulario, si es aceptado pasamos a tramite .
El interés mínimo aplicable es del 12 % anual, no hay cuotas mensuales son una sola cuota anual y su duración máxima puede ser de 10 años, entendemos que es una hipoteca puente para salir de situaciones embarazosas, casos con dificultad añadida, o necesidades perentorias de liquidez cuando el banco nos niega o nos ha dicho simplemente NO, a posterior lo ideal una vez resuelta la incidencia que provoca el pedir este tipo de hipoteca mas cara pero efectiva es pasarse a una mas normalizada en plazo de tiempo e interés mas asequible .
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Abogados consultas gratis: Mi ex no paga la hipoteca y ahora me embargan a mi...
Abogados consultas gratis: Mi ex no paga la hipoteca y ahora me embargan a mi...: Acudo a ustedes a ver si me pueden ayudar ? Yo y la que era mi pareja entonces contratamos en el 2004 una hipoteca . Dejé la vivienda en m...
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subastas y liquidaciones: Todas las formas de financiar la compra de una sub...
subastas y liquidaciones: Todas las formas de financiar la compra de una sub...: sabemos que las subastas judiciales con preferencia instadas por los bancos y cajas son lo mas rentable de comprar , dado que se subastan en...
para refinanciarse sin perder la vivienda con solo su escritura sin mas papeleos ni tramites
para refinanciarse sin perder la vivienda con solo su escritura sin mas papeleos ni tramites
El banco se queda mi casa y encima me pide pagar la deuda
Hola buenos días, no puedo pagar la hipoteca y el banco me dice que se quedan con mi casa pero que sigo en deuda con ellos y me refinancian, osea que me quedo sin casa y pagando una hipoteca. ¿ Esto es así ? que tengo que hacer. Gracias
Bueno así a buenas no se pueden quedar con la casa, en todo caso deberán subastarla y de lo obtenido ? sufragar su deuda y si es mas lo obtenido dárselo a Ud. si la hipoteca es reciente y no cabe duda que no se obtendría lo necesaria para pagar la deuda , podemos decirle que hay sentencias ya que obligan al banco a la dación . es decir lo comido por lo servido .
En todo caso este tema debería tratarlo mejor y ver todo lo que se puede hacer antes de ... y sobre no dejar al banco acampar a sus anchas .
que me pasa si no puedo pagar la hipoteca
Bueno, es la pregunta del millón y nunca mejor dicho, de los 4.5 millones de parados , ...
Como es sabido las condiciones se firman ante un notario y para ello se fija injustamente el precio de la subasta con los intereses y costas tanto de juicio como abogado y procurador , que suele ser un 20 % y el contador empieza a correr .
A esto le ayuda el Banco de España que incomprensiblemente quiere saber que las cuentas del banco estén saneadas ( otra incomprensibilidad en España ) que ya sabemos que los bancos a excepción de tres están todos tocados económicamente ( fruto de sus especulaciones y sueldos millonarios )
Así que el banco debe prestar la dotación de insolvencia una vez comunicado y por lo general después de 3 cuotas ( 90 días ) de la misma cantidad que se le adeuda, lo que de forma rápida el banco actúa para la recuperación de lo que se le debe mas la provisión de insolvencia que ha prestado.
A todo ello se produce la subasta, que saldrá para cubrir lo debido, y el banco deducirá las costas, gastos e intereses de demora , de lo obtenido
Si no hay postor, el banco se adjudicara el bien por la deuda .
Que ocurre si no se obtiene en subasta lo necesario para cubrir la deuda ? pues dado que cuando firmamos la hipoteca ante notario, y según el articulo 1.911 uno responde ante el banco con todos los bienes presentes y futuros, el banco seguirá embargando otras propiedades o las de los avalistas si lo hay, si no existieran ira a por el salario ( nomina ) y así seguirá hasta el resarcimiento total .
http://www.fimaster.net/hipotecas
Como es sabido las condiciones se firman ante un notario y para ello se fija injustamente el precio de la subasta con los intereses y costas tanto de juicio como abogado y procurador , que suele ser un 20 % y el contador empieza a correr .
A esto le ayuda el Banco de España que incomprensiblemente quiere saber que las cuentas del banco estén saneadas ( otra incomprensibilidad en España ) que ya sabemos que los bancos a excepción de tres están todos tocados económicamente ( fruto de sus especulaciones y sueldos millonarios )
Así que el banco debe prestar la dotación de insolvencia una vez comunicado y por lo general después de 3 cuotas ( 90 días ) de la misma cantidad que se le adeuda, lo que de forma rápida el banco actúa para la recuperación de lo que se le debe mas la provisión de insolvencia que ha prestado.
A todo ello se produce la subasta, que saldrá para cubrir lo debido, y el banco deducirá las costas, gastos e intereses de demora , de lo obtenido
Si no hay postor, el banco se adjudicara el bien por la deuda .
Que ocurre si no se obtiene en subasta lo necesario para cubrir la deuda ? pues dado que cuando firmamos la hipoteca ante notario, y según el articulo 1.911 uno responde ante el banco con todos los bienes presentes y futuros, el banco seguirá embargando otras propiedades o las de los avalistas si lo hay, si no existieran ira a por el salario ( nomina ) y así seguirá hasta el resarcimiento total .
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la banca oidos necios y el gobierno oidos sordos ante los embargos

Comentabamos un caso con una usuaria, que la caja de Toledo le ha embargado la casa subastándola y se la ha quedado , ( esta que tasaba con TINSA , la que el banco de España le ha puesto 6 inspectores )
La causa fue quedarse en el paro ambos cónyuges , pero ya era tarde, pese a que la propietaria les pidió el alquiler y si rehacía su economía volver a ponerse al día .
Por lo tanto ni carencias ni ayudas ni subvenciones, cuando aparte del daño moral y físico que hacen al pobre contribuyente tiene oídos necios par la entidad bancaria y sordos para el gobierno zapaterista, aunque quedaría mejor el calificativo de carterista.
La cuestión es que ahora trabajan ambos conyugues y pueden rehacer su economia sin embargo han perdido 10 años y mucho dinero en su casa. y porque digo oidos necios ?
Pues es muy fácil , lo necios que llegan a ser los bancos y cajas, porque como en este caso, lo mejor hubiera sido dejar a los propietarios mientras la vivienda no obtuviera comprador, ya que de alguna forma la cuida, la mantiene y hace de vigilante jurado sin cobrar, manteniendo la casa en perfecto estado .
La cliente me envió fotos de como estaba y como esta y da pena verla ahora, dado que era un chalet en el campo, le han arrancado los marcos de ventanas y puertas, le han quitado todos los conductos eléctricos para venderlo al cobre por dos reales , se han llevado la cocina y hasta arrancado las tejas. en fin una desgracia para los ex propietarios y una gilipollez para la caja que ahora no tiene nada o lo tiene al 25 % de su valor .
Lo de oídos sordos del gobierno , pues también es fácil no se preocupa en absoluto de la ciudadania, es mas deberían lo de socialista por socialista banquero, por que de estos si se preocupan en ayudarles, como no iba a ser menos por que pronto vienen elecciones y claro esta, quien va a dejar los prestamos para hacer la campaña ?
si te sientes identificado por favor agradeceremos tu comentario para saber si estamos equivocados o no ?
Por impago prestamo personal que me embargan primero
que embarga ,el juez ,primero ? .por falta de pago de un préstamo personal ,a un banco
El juez debe embargar lo que menos la perjudique, y esto siempre depende conjuntamente de la cuantía, es decir si el prestamos es pequeño dineraria mente, con la nomina bastaría . si hay dudas de si su nomina fuese escasa o precaria ( no segura ) por contratos parciales, a tiempo parcial .... puede efectuar un embargo de la propiedad .
Nunca se puede embargar una propiedad que no sea la titular registral.
http://www.fimaster.net/abogados
- la vivienda
- la nomina
- pueden embargar un piso que no soy la titular en el regristro de la propiedad.
El juez debe embargar lo que menos la perjudique, y esto siempre depende conjuntamente de la cuantía, es decir si el prestamos es pequeño dineraria mente, con la nomina bastaría . si hay dudas de si su nomina fuese escasa o precaria ( no segura ) por contratos parciales, a tiempo parcial .... puede efectuar un embargo de la propiedad .
Nunca se puede embargar una propiedad que no sea la titular registral.
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Que puedo llevarme de mi casa tras el embargo
Me han embargado la casa , puedo llevarme mis pertenencias ( muebles, lámparas, cortinas ... ) ?
Si por supuesto puede llevarse todo lo que no le hayan embargado, por lo general el banco en el impago de la hipoteca, embargo el continente de la vivienda, y no el contenido , por lo tanto puede llevarse todo.
Matizando que solo lo que sea móvil, ( cuadros, electrodomésticos, enseres , muebles, lámparas cortinas, .... ) incluso aparatos como aire acondicionado, todo lo que con un destornillador o llave inglesa puede desanclar, pero no lo que este fijado con material ( ejemplo ) una chimenea, que si necesitaría maceta y escarpia !! .
Aunque no esta muy claro en la legislación ?, entendemos que tampoco los elementos comunes que hacen y componen la vivienda, es decir como Ud. la compro, y nos referimos a puertas, ventanas cristales .....
Tener en cuenta que esto puede hacerse mientras la vivienda esta en proceso de subasta, no después de adjudicarla, además de que si en la subasta no se extrajera suficiente para pagar la deuda, entonces si el banco podría embargarle enseres antes citados, aunque ello no sea una practica habitual, ya que en realidad es mas molesto que otra cosa, por tener que depositarlos ( almacén costes ... ) que a veces lo que pueda sacarse ellos, por eso el banco prefiere ir a por su nomina u otras cosas mas tangibles .
Es típico en América ver el mercadillo que se origina en la calle, donde se vende a los vecinos a bajo precio .
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Prestamo sin pagar que me embargan nomina o propiedad ?
Me concedieron un préstamo en el cual mi marido no firmo, un tiempo después compre un terreno Rustico a nombre de los dos , estamos casados en bienes gananciales, por situación económica deje de pagar el préstamo
Estoy pagando otros 3 prestamos
Mi pregunta es
Pueden embargarme el terreno ? o me embargaran parte de la nomina ?
Apreciada usuaria .
Lo primero o habitual es que al ser prestamo personal te embarguen el terreno, al 100 %, luego lo subastaran como es obligatorio, y verán lo que extraen de el , lo extraído lo pondrán ala deuda que mantienes + los gastos de juicio + abogado y procurador + 29 % de demora, si eso sufraga la deuda, En paz .
Salvo por el Asnef que te quedara de por vida ( aunque la ley dice que son 5 años y prescripción ) y así es el Asnef te quitara pero los bancos guardaran un histórico que revisaran cada vez que pidas un crédito, tarjeta, etc .
En el supuesto que no alcance la deuda con la subasta, ( lo mas probable ) Irán a por tu nomina, mas si es una nomina segura , y de lo que exceda del salario minino interprofesional te quitaran la parte proporcional , prácticamente también de por vida, ya que ( ejemplo ) si te quitan 180 euros / mes al año serian 2.160 Euros y en el supuesto que te faltaran 10.000 euros ( de la subasta ) serian 10.000 x 29 % de demora = 2.900 euros, entonces solo hay que restar 2.900 euros - 2.160 euros = el año siguiente empiezas con 10.000 euros + 740 euros colgados .
Como consejo busca otras soluciones que no sean que el banco te lo subaste
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Desesperacion familiar por deudas
Somos una de las miles de familias que están en estos momentos pasándolo extremadamente mal, porque, aunque quieren, no pueden pagar sus deudas y por ello, están quedando en la calle y sin posibilidad de subsistencia debido a la implacable maquinaria que representa el embargo de sus bienes, además de ser estigmatizadas como proscritos y delincuentes.
Cuando no puedes pagar tus deudas, a nadie le interesa si estás en el paro, si los ingresos han disminuido o si es una cuestión pasajera, lo importante es que pagues tus cuotas al día, sino, te avasallan con cientos de llamadas y amenazas, te ponen en las listas de morosos, por lo cual,no tienes posibilidad de realizar ningún contrato o nuevo préstamo, entrando en la rueda del embargo de tus bienes y el drama familiar de verse en la calle y sin posibilidades de supervivencia, siendo todo esto extrapolable a las pequeñas empresas y autónomos, pues normalmente, estos negocios son una manera de supervivencia directa de la familia, por ello,
si la empresa tiene que cerrar,la familia queda afectada inexorablemente.
Este es nuestro caso, pues hemos tenido que cerrar nuestra empresa este año y por suerte he podido encontrar un trabajo fijo en otra empresa, cosa que ha mejorado nuestras perspectivas de futuro, pero nos damos cuenta de que no podemos asumir todo el paquete de la deuda que tenemos encima.
Es vergonzoso darse cuenta, que el único interlocutor que tienes en todo momento, es la banca privada, que son unos señores que miran por sus propios intereses y por supuesto, no tienen ningunas ganas de ayudarte, pues están más preocupados en salvar su culo y recoger liquidez para su entidad recortando pólizas y cancelando créditos, que en lo que a ti te pueda estar pasando.
No podemos acogernos al concurso de acreedores, porque no tenemos dinero, se crea entonces la paradoja de que, tenemos la voluntad de pagar, tenemos ingresos pero no son suficientes en estos momentos, pero si lo serían si se reorganizaran los pagos y las deudas, sin necesidad de hacer ninguna quita, lo único que no tienes, es el interlocutor que te escuche,
pues todos te dan con la puerta en las narices.
Es por ello, que le escribo, pues necesitamos ese interlocutor que nos escuche y que pueda evaluar, no solo aspectos económicos, sino sociales y familiares y a partir de esta evaluación realizar un plan de rescate familiar, tal y como se ha hecho desde el gobierno con multitud de
bancos.
Si evidentemente no existen ONGs para ayuda familiar salvo caritas y poco mas lo principal es buscar una refinanciación en una empresa especializada, que no tiene que ser capital privado, esto seria salir del fuego y caer en las brasas , en España hay pocas o por lo menos nosotros solo podemos aconsejarte esta http://www.fimaster.net/hipotecas lleva 22 años en España y salió de un grupo financiero Americano fundado en 1.919
Cuando no puedes pagar tus deudas, a nadie le interesa si estás en el paro, si los ingresos han disminuido o si es una cuestión pasajera, lo importante es que pagues tus cuotas al día, sino, te avasallan con cientos de llamadas y amenazas, te ponen en las listas de morosos, por lo cual,no tienes posibilidad de realizar ningún contrato o nuevo préstamo, entrando en la rueda del embargo de tus bienes y el drama familiar de verse en la calle y sin posibilidades de supervivencia, siendo todo esto extrapolable a las pequeñas empresas y autónomos, pues normalmente, estos negocios son una manera de supervivencia directa de la familia, por ello,
si la empresa tiene que cerrar,la familia queda afectada inexorablemente.
Este es nuestro caso, pues hemos tenido que cerrar nuestra empresa este año y por suerte he podido encontrar un trabajo fijo en otra empresa, cosa que ha mejorado nuestras perspectivas de futuro, pero nos damos cuenta de que no podemos asumir todo el paquete de la deuda que tenemos encima.
Es vergonzoso darse cuenta, que el único interlocutor que tienes en todo momento, es la banca privada, que son unos señores que miran por sus propios intereses y por supuesto, no tienen ningunas ganas de ayudarte, pues están más preocupados en salvar su culo y recoger liquidez para su entidad recortando pólizas y cancelando créditos, que en lo que a ti te pueda estar pasando.
No podemos acogernos al concurso de acreedores, porque no tenemos dinero, se crea entonces la paradoja de que, tenemos la voluntad de pagar, tenemos ingresos pero no son suficientes en estos momentos, pero si lo serían si se reorganizaran los pagos y las deudas, sin necesidad de hacer ninguna quita, lo único que no tienes, es el interlocutor que te escuche,
pues todos te dan con la puerta en las narices.
Es por ello, que le escribo, pues necesitamos ese interlocutor que nos escuche y que pueda evaluar, no solo aspectos económicos, sino sociales y familiares y a partir de esta evaluación realizar un plan de rescate familiar, tal y como se ha hecho desde el gobierno con multitud de
bancos.
Si evidentemente no existen ONGs para ayuda familiar salvo caritas y poco mas lo principal es buscar una refinanciación en una empresa especializada, que no tiene que ser capital privado, esto seria salir del fuego y caer en las brasas , en España hay pocas o por lo menos nosotros solo podemos aconsejarte esta http://www.fimaster.net/hipotecas lleva 22 años en España y salió de un grupo financiero Americano fundado en 1.919
embargan el total de mi madre y solo es propietaria al 50%
Mi pegunta es como es posible que a mi madre ( viuda ) le hayan embargado el 100 % de su vivienda, por avalar una hipoteca nuestra , cuando en realidad ella solo es propietario del 50%, ya que la parte de mi padre somos los dos hijos como herederos ?
Aunque no tenemos suficientes elementos de juicio para responder, creo que pudo ser así :
La garantía es la vivienda, en el registro de la propiedad, no las personas físicas, por lo tanto si su padre y su madre avalaron en su dia con el 100% de la vivienda, su madre se quedo con el 50% y Ustedes como herederos el 25% cada uno ? pero aceptaron la herencia de su padre y eso conlleva lo bueno y lo malo, las ventajas y las desventajas y en eso esta que Ustedes herederos de su herencia pasan a ser titulares, que al no pagar su crédito, el banco embarga el 50% de avalista y el 50% de su herencia, o por lo menos es lo que creo que paso .
Mejor una consulta mas extensa desde http://www.fimaster.net/abogados
Aunque no tenemos suficientes elementos de juicio para responder, creo que pudo ser así :
La garantía es la vivienda, en el registro de la propiedad, no las personas físicas, por lo tanto si su padre y su madre avalaron en su dia con el 100% de la vivienda, su madre se quedo con el 50% y Ustedes como herederos el 25% cada uno ? pero aceptaron la herencia de su padre y eso conlleva lo bueno y lo malo, las ventajas y las desventajas y en eso esta que Ustedes herederos de su herencia pasan a ser titulares, que al no pagar su crédito, el banco embarga el 50% de avalista y el 50% de su herencia, o por lo menos es lo que creo que paso .
Mejor una consulta mas extensa desde http://www.fimaster.net/abogados
Despues del embargo me desahucian que me puedo llevar ?
Nos pregunta una persona preocupada.
¿ me han embargado y tengo día para desalojo ? tengo que irme sin mas o me pueden llevar algo ?
Puede Usted llevarse todo, lo que no sea necesario, romper o picar , es decir todo lo que con un destornillador o una llave inglesa pueda desmontar, sus pertenencias no se valoraron en la hipoteca, solo la construcción, es decir se puede llevar la tele, el video, la cocina, la cama , los muebles ...todo lo que podríamos llamar auxiliares, no se puede llevar lavabo, bañera, aseo, alicatados, ....
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