Hay que intentar todas las posibilidades financieras antes de dejar de pagar cuotas al banco y que llegue un embargo y posterior subasta judicial de nuestra vivienda, porque no solo nos quedaremos sin vivienda si no que además corre el peligro de que sigamos debiendo al banco porque en la subasta no se haya extraído suficiente ( la mayoría 99% de los casos ) o peor aun que no haya postores y se la adjudique el mismo banco acreedor, con lo cual te abonara practicamente lo que quiera, es decir por ley esta ahora en un 60 % del valor de tasación, pero ojo 60 % de la tasación que hiciste en su día .
Total que si la hipoteca la pediste al 80 % vas arreglado y con eso perdiendo toda plusvalía desde que la compraste al valor real que tenga hoy, y ya sabes al 29 % de interés de demora que debas, anotado en la lista de morosos asnef, donde nadie del circuito bancario te prestara ni un centimo y si tienes otras propiedades ( incluido nomina, coche ... ) podrán embargartelo para ir resarciendose de la deuda que tengas !!
Por eso lo mejor es plantearse una carencia de cuotas de pago, que facilmente se pueden conseguir a dos años y a ver venir tiempos mejores
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Hipotecas sin pagar por culpa de los intereses abusivos, o quedarse en el paro son muchos que sufren esta problematica, pero puede haber soluciones
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para aplazar cuotas o carencia , moratoria de pagos
Dedicado a nuestros compañeros de creditservices con todo nuestro cariño
Las hipotecas se pueden establecer con dos tipos de carencia , moratoria o aplazamiento cuotas .
1 / Por decreto ley en cumplimiento de, en algunos de estos puntos
- Ser trabajador por cuenta ajena en situación de desempleo
- Ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad
- Ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta (IPREM), durante al menos, tres mensualidades.
- Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de Septiembre de 2008
- Que la hipoteca no supere los 170.000 euros
- La cuota máxima a deducir será de 500 euros mensuales
- Que este AL DIA DE CUOTAS DE PAGO
Que pasa si mi hipoteca supera los 170.000 euros o no se cumple parte o ninguno de los puntos primeramente citados ? pues se puede pedir igual a mas duración hasta 7 años previos otros requisitos patrimoniales y viendo expectativas posibles de futuro de corresponder dentro del plazo solicitado y aprobado por el juez, de poder cumplir con el pago ? .
Para pedirlo o mas info http://www.legislation.es/broker/aplazar.htm
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