Bueno, es la pregunta del millón y nunca mejor dicho, de los 4.5 millones de parados , ...
Como es sabido las condiciones se firman ante un notario y para ello se fija injustamente el precio de la subasta con los intereses y costas tanto de juicio como abogado y procurador , que suele ser un 20 % y el contador empieza a correr .
A esto le ayuda el Banco de España que incomprensiblemente quiere saber que las cuentas del banco estén saneadas ( otra incomprensibilidad en España ) que ya sabemos que los bancos a excepción de tres están todos tocados económicamente ( fruto de sus especulaciones y sueldos millonarios )
Así que el banco debe prestar la dotación de insolvencia una vez comunicado y por lo general después de 3 cuotas ( 90 días ) de la misma cantidad que se le adeuda, lo que de forma rápida el banco actúa para la recuperación de lo que se le debe mas la provisión de insolvencia que ha prestado.
A todo ello se produce la subasta, que saldrá para cubrir lo debido, y el banco deducirá las costas, gastos e intereses de demora , de lo obtenido
Si no hay postor, el banco se adjudicara el bien por la deuda .
Que ocurre si no se obtiene en subasta lo necesario para cubrir la deuda ? pues dado que cuando firmamos la hipoteca ante notario, y según el articulo 1.911 uno responde ante el banco con todos los bienes presentes y futuros, el banco seguirá embargando otras propiedades o las de los avalistas si lo hay, si no existieran ira a por el salario ( nomina ) y así seguirá hasta el resarcimiento total .
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Hipotecas sin pagar por culpa de los intereses abusivos, o quedarse en el paro son muchos que sufren esta problematica, pero puede haber soluciones
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Por impago prestamo personal que me embargan primero
que embarga ,el juez ,primero ? .por falta de pago de un préstamo personal ,a un banco
El juez debe embargar lo que menos la perjudique, y esto siempre depende conjuntamente de la cuantía, es decir si el prestamos es pequeño dineraria mente, con la nomina bastaría . si hay dudas de si su nomina fuese escasa o precaria ( no segura ) por contratos parciales, a tiempo parcial .... puede efectuar un embargo de la propiedad .
Nunca se puede embargar una propiedad que no sea la titular registral.
http://www.fimaster.net/abogados
- la vivienda
- la nomina
- pueden embargar un piso que no soy la titular en el regristro de la propiedad.
El juez debe embargar lo que menos la perjudique, y esto siempre depende conjuntamente de la cuantía, es decir si el prestamos es pequeño dineraria mente, con la nomina bastaría . si hay dudas de si su nomina fuese escasa o precaria ( no segura ) por contratos parciales, a tiempo parcial .... puede efectuar un embargo de la propiedad .
Nunca se puede embargar una propiedad que no sea la titular registral.
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Prestamo sin pagar que me embargan nomina o propiedad ?
Me concedieron un préstamo en el cual mi marido no firmo, un tiempo después compre un terreno Rustico a nombre de los dos , estamos casados en bienes gananciales, por situación económica deje de pagar el préstamo
Estoy pagando otros 3 prestamos
Mi pregunta es
Pueden embargarme el terreno ? o me embargaran parte de la nomina ?
Apreciada usuaria .
Lo primero o habitual es que al ser prestamo personal te embarguen el terreno, al 100 %, luego lo subastaran como es obligatorio, y verán lo que extraen de el , lo extraído lo pondrán ala deuda que mantienes + los gastos de juicio + abogado y procurador + 29 % de demora, si eso sufraga la deuda, En paz .
Salvo por el Asnef que te quedara de por vida ( aunque la ley dice que son 5 años y prescripción ) y así es el Asnef te quitara pero los bancos guardaran un histórico que revisaran cada vez que pidas un crédito, tarjeta, etc .
En el supuesto que no alcance la deuda con la subasta, ( lo mas probable ) Irán a por tu nomina, mas si es una nomina segura , y de lo que exceda del salario minino interprofesional te quitaran la parte proporcional , prácticamente también de por vida, ya que ( ejemplo ) si te quitan 180 euros / mes al año serian 2.160 Euros y en el supuesto que te faltaran 10.000 euros ( de la subasta ) serian 10.000 x 29 % de demora = 2.900 euros, entonces solo hay que restar 2.900 euros - 2.160 euros = el año siguiente empiezas con 10.000 euros + 740 euros colgados .
Como consejo busca otras soluciones que no sean que el banco te lo subaste
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