Hipotecas sin pagar por culpa de los intereses abusivos, o quedarse en el paro son muchos que sufren esta problematica, pero puede haber soluciones
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El banco se queda mi casa y encima me pide pagar la deuda
Hola buenos días, no puedo pagar la hipoteca y el banco me dice que se quedan con mi casa pero que sigo en deuda con ellos y me refinancian, osea que me quedo sin casa y pagando una hipoteca. ¿ Esto es así ? que tengo que hacer. Gracias
Bueno así a buenas no se pueden quedar con la casa, en todo caso deberán subastarla y de lo obtenido ? sufragar su deuda y si es mas lo obtenido dárselo a Ud. si la hipoteca es reciente y no cabe duda que no se obtendría lo necesaria para pagar la deuda , podemos decirle que hay sentencias ya que obligan al banco a la dación . es decir lo comido por lo servido .
En todo caso este tema debería tratarlo mejor y ver todo lo que se puede hacer antes de ... y sobre no dejar al banco acampar a sus anchas .
que me pasa si no puedo pagar la hipoteca
Bueno, es la pregunta del millón y nunca mejor dicho, de los 4.5 millones de parados , ...
Como es sabido las condiciones se firman ante un notario y para ello se fija injustamente el precio de la subasta con los intereses y costas tanto de juicio como abogado y procurador , que suele ser un 20 % y el contador empieza a correr .
A esto le ayuda el Banco de España que incomprensiblemente quiere saber que las cuentas del banco estén saneadas ( otra incomprensibilidad en España ) que ya sabemos que los bancos a excepción de tres están todos tocados económicamente ( fruto de sus especulaciones y sueldos millonarios )
Así que el banco debe prestar la dotación de insolvencia una vez comunicado y por lo general después de 3 cuotas ( 90 días ) de la misma cantidad que se le adeuda, lo que de forma rápida el banco actúa para la recuperación de lo que se le debe mas la provisión de insolvencia que ha prestado.
A todo ello se produce la subasta, que saldrá para cubrir lo debido, y el banco deducirá las costas, gastos e intereses de demora , de lo obtenido
Si no hay postor, el banco se adjudicara el bien por la deuda .
Que ocurre si no se obtiene en subasta lo necesario para cubrir la deuda ? pues dado que cuando firmamos la hipoteca ante notario, y según el articulo 1.911 uno responde ante el banco con todos los bienes presentes y futuros, el banco seguirá embargando otras propiedades o las de los avalistas si lo hay, si no existieran ira a por el salario ( nomina ) y así seguirá hasta el resarcimiento total .
http://www.fimaster.net/hipotecas
Como es sabido las condiciones se firman ante un notario y para ello se fija injustamente el precio de la subasta con los intereses y costas tanto de juicio como abogado y procurador , que suele ser un 20 % y el contador empieza a correr .
A esto le ayuda el Banco de España que incomprensiblemente quiere saber que las cuentas del banco estén saneadas ( otra incomprensibilidad en España ) que ya sabemos que los bancos a excepción de tres están todos tocados económicamente ( fruto de sus especulaciones y sueldos millonarios )
Así que el banco debe prestar la dotación de insolvencia una vez comunicado y por lo general después de 3 cuotas ( 90 días ) de la misma cantidad que se le adeuda, lo que de forma rápida el banco actúa para la recuperación de lo que se le debe mas la provisión de insolvencia que ha prestado.
A todo ello se produce la subasta, que saldrá para cubrir lo debido, y el banco deducirá las costas, gastos e intereses de demora , de lo obtenido
Si no hay postor, el banco se adjudicara el bien por la deuda .
Que ocurre si no se obtiene en subasta lo necesario para cubrir la deuda ? pues dado que cuando firmamos la hipoteca ante notario, y según el articulo 1.911 uno responde ante el banco con todos los bienes presentes y futuros, el banco seguirá embargando otras propiedades o las de los avalistas si lo hay, si no existieran ira a por el salario ( nomina ) y así seguirá hasta el resarcimiento total .
http://www.fimaster.net/hipotecas
y despues del embargo de mi casa que ocurre
Las cifras son abrumadoras , dan impresión !! En el primer trimestre ( Enero Marzo ) de este año se hicieron 27.561 ejecuciones hipotecarias, o lo que es lo mismo 27.561 familias perdieron su casa a una media de 4 personas de una familia son 110.244 personas en la calle , sin distinción de edad, niños, mayores ,ancianos, adultos, ... no importa .
Para eso esta el gobierno para hacer cumplir la ley , y ayudar con miles de millones de fondos públicos ( anecdóticamente de estos que han perdido la vivienda ) que con sus impuestos sufragan las ayudas a los bancos, algo así como pagar al verdugo .
¿ donde están las ayudas del gobierno ? comprende el gobierno que las leyes deben servir a la justicia, y no la justicia a las leyes ? obviamente NO .
Pero lo mas triste s que muchas familias creen que con la quita de la casa se acabo el cáncer bancario, y evidentemente no es así, solo es un comenzar con el calvario , si el banco no ha extraído suficiente importe de la subasta para amortizar el total de la deuda + los increíbles gastos abusivos de interés de demora , recuérdese que son el 29 %, que no deja de ser otra paradoja , ( que la misma ley diga que mas del 12 % son gastos de usura ) mas los increíbles gastos de abogado y procurador, que hacen temblar los cimientos de la casa , pero aquí se aplica la ley de a mar revuelto ganancia de pescadores o mejor dicho aun al árbol seco se le hace la leña .
Bien, como íbamos diciendo si el banco no extrae suficiente va a ir ( previamente ya lo ha embargado ) a subastas tus otras propiedades ! . Y si no tienes pues a por tu coche y si esto te implica no poder ir a tu trabajo ya sabes mano de bicicleta ( siempre que no la embarguen también ? ) pero que ocurre si no tienes coche ? nada esta tu nomina, con otro embargo y intereses otra vez de demora al 29 % .
Por lo tanto a todas las familias que estén en situación próxima, buscar soluciones antes de que el drácula bancario se aproxime .
Http://www.fimaster.net/abogados consultas gratis
banco, vampiro, embargan, casa, piso, que ocurre, despues embargo, subastan, mi casa, embargo nomina,
puedo dar un bien para pagar hipoteca
Me han dicho que puedo pagar la hipoteca haciendo una dación en pago de bienes para saldar al banco es cierto ?
Ni si ni no, según los artículos , la dacion en pago se regula en los art. 1175 del Código Civil y se expone que .
"El deudor puede ceder sus bienes a los acreedores en pago de sus deudas. Esta cesión, salvo pacto en contrario, solo libera a aquél de responsabilidad por el importe líquido de los bienes cedidos ..."
y art. 1849 del Código Civil
"Si el acreedor acepta voluntariamente un inmueble, u otros cualesquiera efectos en pago de la deuda, aunque después los pierda por evicción, queda libre el fiador "
Lo que deja a merced el banco si este accede o no a aceptar el pago, en la prenda que Usted le ofrezca, un cuadro ? arte, joyas ? aunque lo habitual es en el mismo bien que no puede pagarse en la hipoteca .
Probar no cuesta nada y si no busque solución en http://www.fimaster.net/hipotecas
Que pasa si no puedo pagar la hipoteca ?
Pues decimos lo de siempre, este es el único recurso que debe dejarse cuando todas las vías están agotadas .
Por lo que nuestro consejo es acudir a un profesional financiero, que medie por nosotros entre cliente y banco, igual que cuando te encuentras mal vas al medido y no te autocuras tu, o con hacienda tienes a tu asesor personal que te asesora . http://www.fimaster.net/
Por ello enumeramos las medidas a tomar por orden de importancia
1.- Acude a un asesor financiero y no e auto mediques , este sabrá como interponer una solución a la refinanciación de la hipoteca , lo mas practico seria alargarla para rebajar la cuota a lo que puedas asumir o por lo menos hasta que pase el temporal .
Los bancos no son reacios a priori a no buscar soluciones, pero tampoco es cuestión de dormirse , ya que también tienen un interés en solventarlo, mas ahora con la que les esta cayendo , y mas aun si cabe con la ley que emite el banco de España que para que se les de una solvencia requerida en caso de que estén 3 meses sin pagar debe notificarlo al Bº de España y efectuar lo que se llama la dotación de insolvencia, es decir dejar la misma cantidad que debes al banco en el banco de España como deposito, lógicamente no les gusta nada .
2 .- Puede buscarse una carencia ( unos meses sin pagar cuotas ) al efecto que recuperes tu economía gracias a un acuerdo gobierno entidades financieras esto es posible hacerlo sin gastos de notario .
3.- Otra seria venderlo, algunos bancos aceptan la compra y te dejan en alquiler con opción de recompra, de esta forma el banco evita el pagar la dotación de insolvencia provisional, va cobrando un alquiler y espera que lo recompres pasada la crisis .
4.- Esta y ultima antes de perderlo entrar a ver si puedes acogerte a una suspensión temporal antes denominada suspensión de pagos
Y sin antes probar cualquier formula de la 1ª a la 4ª , lo que debería ser inevitable es que el banco te la subaste
Espero haberte ayudado , cualquier consulta déjala en comentarios o visita http://www.fimaster.net/abogados
Por lo que nuestro consejo es acudir a un profesional financiero, que medie por nosotros entre cliente y banco, igual que cuando te encuentras mal vas al medido y no te autocuras tu, o con hacienda tienes a tu asesor personal que te asesora . http://www.fimaster.net/
Por ello enumeramos las medidas a tomar por orden de importancia
1.- Acude a un asesor financiero y no e auto mediques , este sabrá como interponer una solución a la refinanciación de la hipoteca , lo mas practico seria alargarla para rebajar la cuota a lo que puedas asumir o por lo menos hasta que pase el temporal .
Los bancos no son reacios a priori a no buscar soluciones, pero tampoco es cuestión de dormirse , ya que también tienen un interés en solventarlo, mas ahora con la que les esta cayendo , y mas aun si cabe con la ley que emite el banco de España que para que se les de una solvencia requerida en caso de que estén 3 meses sin pagar debe notificarlo al Bº de España y efectuar lo que se llama la dotación de insolvencia, es decir dejar la misma cantidad que debes al banco en el banco de España como deposito, lógicamente no les gusta nada .
2 .- Puede buscarse una carencia ( unos meses sin pagar cuotas ) al efecto que recuperes tu economía gracias a un acuerdo gobierno entidades financieras esto es posible hacerlo sin gastos de notario .
3.- Otra seria venderlo, algunos bancos aceptan la compra y te dejan en alquiler con opción de recompra, de esta forma el banco evita el pagar la dotación de insolvencia provisional, va cobrando un alquiler y espera que lo recompres pasada la crisis .
4.- Esta y ultima antes de perderlo entrar a ver si puedes acogerte a una suspensión temporal antes denominada suspensión de pagos
Y sin antes probar cualquier formula de la 1ª a la 4ª , lo que debería ser inevitable es que el banco te la subaste
Espero haberte ayudado , cualquier consulta déjala en comentarios o visita http://www.fimaster.net/abogados
que es lo que me pueden embargar o quitar
Ya perdí la casa por no poder pagar la hipoteca, hace año y medio, la cuestión es que el piso valía mal vendido 200.000 euros, pero en la subasta lo sacaron al precio que se taso cuando lo compre o sea en el 2.001, que era de 125.000 euros de esa subasta no pujo nadie y se lo quedo el banco por el 50 % 65.500 Euros, y como le sigo debiendo al banco ahora me han embargado el piso que vivo ( de alquiler ) todos los muebles y enseres, he oído decir que hay cosas que son inembargables me podrían decir cuales, ya que me temo que esto será otra merienda de negros como la primera. ( con perdón a los negros, es un decir )
Pues si , tiene usted toda la razón eso es una muestra de nuestra justicia, lo bien que va, como decía el ex fiscal general ( entonces fiscal ) hay que parar esta campaña de descrédito a la justicia, bien sintiendo disentir, no hay ninguna campaña se lo monta ella sola y no hay descrédito hay realidad .
Lo 1º es que debería hacerse una tasación actualizada como la hace el banco cuando te presta el dinero, lo 2º una subasta justa y si no se alcanza adjudicarla al banco por mínimo la deuda y si el banco lo revende, con una jugosa ganancia como así ocurre, obligado por ley a restituir al embargado un 100% de la ganancia menos un interés pactado igual al de la hipoteca concedida en su momento desde la adjudicicación al banco hasta el día de la venta .
Es decir como ejemplo si nos lo quitan el DIA 10 junio de 2.009 y lo venden el 10 junio del 2.011 , han pasado dos años, si han obtenido 70.000 euros habría que restar el interés ( ejemplo ) 5% x 2 años = 10 % los 63.000 euros para el embargado , los negocios son para las inmobiliarias . los bancos y cajas para lo que son prestar dinero NO abusar.
Yendo a su consulta, si no se pueden embargar todos los bienes necesarios para una vida digna , aunque eso de digna, los políticos no lo tienen claro , pues igual que a los bancos les hacen la vista gorda aquí también , piense que mientras creen o no ? que una persona pueda vivir con 460 euros de pensión y ellos se ponen sueldos de 8.000 euros mes usted mismo como nos va con el resto .
Entran como inembargables , sillas necesarias, mesa , cama ....
Están come embargables, nevera, Tv., video ......
http://www.fimaster.net/abogados/embargos.htm
Despues del embargo me desahucian que me puedo llevar ?
Nos pregunta una persona preocupada.
¿ me han embargado y tengo día para desalojo ? tengo que irme sin mas o me pueden llevar algo ?
Puede Usted llevarse todo, lo que no sea necesario, romper o picar , es decir todo lo que con un destornillador o una llave inglesa pueda desmontar, sus pertenencias no se valoraron en la hipoteca, solo la construcción, es decir se puede llevar la tele, el video, la cocina, la cama , los muebles ...todo lo que podríamos llamar auxiliares, no se puede llevar lavabo, bañera, aseo, alicatados, ....
Aplazamiento hipoteca o carencia
Si la situacion es de precariedad en algunos de estos puntos
- Ser trabajador por cuenta ajena en situación de desempleo
- Ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad
- Ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta (IPREM), durante al menos, tres mensualidades.
- Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de Septiembre de 2008
saber mas ? o pedirlo ? clic aqui
Que pasa si no pago la hipoteca
Pues si no hay mas remedio que le va a hacer pero antes debes agotar todas las posibilidades , la prmiera es que si tienes un mal estado de empleo o sea paro puedes pedir un aplazamiento segun ley zapatero donde el ICO avala tu aplazamiento por estar en el paro y dejas de pagar cuotas o por lo menos hasta 500 euros menos cada cuota . o tambien una supension familiar mejor todavia es una ayudita si quieres pedirlo y no sabes como ? Clic aqui
ya que dejas de pagarla nadie te augura que en la subasta saquen lo debido ( seguro que no ) y encima de perder la casa te embarguen la nomina , coche o lo que te encuentren ....por el resto que sigas debiendo y no han conseguido de la venta subasta de tu propiedad, aparte salir en asnef que imposibilitara cualquier credito, tarjeta, etc .. etc, etc,
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