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para aplazar cuotas o carencia , moratoria de pagos



Dedicado a nuestros compañeros de creditservices con todo nuestro cariño

Las hipotecas se pueden establecer con dos tipos de carencia , moratoria o aplazamiento cuotas .

1 / Por decreto ley en cumplimiento de, en algunos de estos puntos

  1. Ser trabajador por cuenta ajena en situación de desempleo
  2. Ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad
  3. Ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta (IPREM), durante al menos, tres mensualidades.
  4. Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de Septiembre de 2008
Requisitos previos

  1. Que la hipoteca no supere los 170.000 euros
  2. La cuota máxima a deducir será de 500 euros mensuales
  3. Que este AL DIA DE CUOTAS DE PAGO

Que pasa si mi hipoteca supera los 170.000 euros o no se cumple parte o ninguno de los puntos primeramente citados ? pues se puede pedir igual a mas duración hasta 7 años previos otros requisitos patrimoniales y viendo expectativas posibles de futuro de corresponder dentro del plazo solicitado y aprobado por el juez, de poder cumplir con el pago ? .

Para pedirlo o mas info http://www.legislation.es/broker/aplazar.htm

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